Las negociaciones entre UE-Mercosur, por un Tratado de Libre Comercio se iniciaron formalmente en abril de 2002, pero las relaciones bilaterales se han llevado adelante en base al Acuerdo Marco de Cooperación Mercosur-UE firmado en diciembre de 1995, iniciado su vigencia en julio de 1999.
En junio de 2019, se firmó el Acuerdo de Asociación Estratégica, pero no fue ratificado en el Parlamento de los países de la UE.
Hoy 6 de diciembre se anunció, en el marco de la Cumbre de Presidentes del Mercosur, en Uruguay, la firma del acuerdo, que luego deberá ser refrendado por los parlamentos.
El acuerdo comprende tres pilares: político, económico-comercial y de cooperación. Se plantea que sería un acuerdo que incrementará el comercio, inversiones, y eliminación o reducción de aranceles, así como aumento de cuotas de exportación.
La Presidenta de la UE, Ursula Von der Leyen, alemana, fue quien participó de la reunión. En Europa se entiende que muchos de sus miembros votarían a favor del acuerdo, mientras que Francia es quien buscaría bloquearlo nuevamente. Este acuerdo se aprueba por mayoría.
Acceso comercial
Los plazos de desgravación de aranceles son de un máximo de 15 años para los bienes exportados por el Mercosur, y de 10 años para los exportados por la UE.
El 70% de las exportaciones de bienes del Mercosur verán eliminados sus aranceles de forma inmediata (una vez ratificado el acuerdo): productos de la pesca, cueros, menudencias, grasas y despojos de la especie bovina, manzanas, peras, harina y porotos de soja, etc.
El resto de los productos serán liberalizados por la UE en un plazo de 3, 7 y 10 años, donde se ubican algunos bienes como la lana, las hortalizas, plantas y tubérculos alimenticios, cítricos, arándanos, arroz partido, alimentos para mascotas, aceites vegetales, preparaciones alimenticias, mermeladas, jaleas y otras preparaciones en base a frutas, hortalizas de conserva entre otros.
En el caso de las cuotas concedidas por la UE al Mercosur, muchas tienen desgravación luego de 5 años de inicio de vigencia del Acuerdo.
Para el caso de la Cuota Hilton, hay un pasaje de arancel intra-cuota de 20% a 0%.
Respecto a las barreras no arancelarias, el acuerdo regula las medidas sanitarias y fitosanitarias y establece reglas que restringen la posibilidad de emplearlas como trabas encubiertas al comercio.